§ 3. Instrucción pública será libre y no sectaria—Fondos públicos limitados a escuelas del Estado

PR Laws tit. 18, § 3 (2018) (N/A)
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No se utilizará propiedad ni fondos públicos para el sostenimiento de escuelas o instituciones educativas que no sean las del Estado. Nada de lo contenido en esta sección impedirá que el Estado pueda prestar a cualquier niño servicios no educativos establecidos por ley para protección o bienestar de la niñez.