Por la presente se resuelve y declara que la existencia y ocupación en Puerto Rico de viviendas inadecuadas para seres humanos es contrario al bienestar, y peligroso y perjudicial para la salud, la seguridad y la moral del pueblo de Puerto Rico, y que la eliminación de tales viviendas, o la reparación de las mismas, es una necesidad pública. Siempre que algún municipio de Puerto Rico halle que en su jurisdicción existen viviendas que son inadecuadas para seres humanos debido a su estado de ruina, a defectos que aumentan los riesgo de incendios, accidentes u otras calamidades, a falta de ventilación, luz o facilidades sanitarias, a debido a otras condiciones que hacen dichas viviendas inseguras, insalubres y peligrosas o perjudiciales para la salud, la seguridad o la moral, o que tales viviendas son de otro modo contrarias al bienestar de sus habitantes, por la presente se confiere poder a tal municipio para remediar o eliminar las anteriores condiciones de la manera que en las secs. 143 a 151 de este título se dispone.