Mientras el participante haga contribuciones a su cuenta los activos depositados en las cuentas de ahorro y desarrollo, incluyendo cualquier interés que de ellos se genere, no se considerarán para propósitos de cualquier programa de ayuda o beneficencia social federal, estatal o local que requiera la consideración de la situación económica del participante. Esto incluye, pero no se limita al Programa de Asistencia Nutricional (PAN), al Programa de Ayuda Temporal para Familias Necesitadas (Temporary Aid for Needy Families) y al Programa de Vivienda Pública de la Administración de Vivienda Pública adscrita al Departamento de la Vivienda del Estado Libre Asociado de Puerto Rico o cualquier otro programa de bienestar social local o federal y los beneficios provistos por la Reforma de Salud.