§ 1041a. Inscripción

PR Laws tit. 17, § 1041a (2018) (N/A)
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Se ordena la inscripción en el registro de toda persona que recibe o haya recibido beneficios de cualquier programa de vivienda de interés social, a fin de que el Departamento de la Vivienda cuente con un registro actualizado de todos estos beneficiarios y pueda determinar de manera más fácil y eficiente la elegibilidad del solicitante.