§ 516. Multa administrativa

PR Laws tit. 17, § 516 (2018) (N/A)
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El Secretario del Departamento de Asuntos del Consumidor, previa notificación suficiente y vista administrativa, podrá imponer una multa administrativa no menor de quinientos dólares ($500) ni mayor de cinco mil dólares ($5,000) a todo urbanizador o constructor que viole las disposiciones de las secs. 501 a 519 de este título, de sus reglamentos o de cualquier orden o resolución emitida por el Departamento.