(a) Por medio de violencia, intimidación, abuso de autoridad, engaño o cualquier actuación ilegal, entorpeciere o impidiere, pretendiere o influyere a variar o impedir el voto de un elector calificado o que ofreciere o recibiere soborno u ofrecimiento económico para abstener, entorpecer, impedir, influenciar o variar ese voto; o
(b) sin derecho a votar intentare hacerlo o que aún teniendo derecho a votar intentare hacerlo más de una vez; o
(c) durante el día señalado para un proceso electoral, dentro o fuera de un colegio de votación hasta un radio de cien (100) metros del mismo, perturbare el proceso electoral con medios violentos o ruidos, palabras o conducta indecorosa; o que sin ser agente del orden público portare un arma o cualquier objeto destinado a infligir daño corporal; o
(d) que ilegalmente penetrare, intentare penetrar o permitiese que otra persona ilegalmente penetrare en cualquier colegio de votación, excepto en las formas provistas por este subtítulo o por reglamento de la Comisión; o
(e) impidiere o intentare impedir a los funcionarios electorales el cumplimiento de sus deberes bajo este subtítulo, o ilegalmente removiere o consintiere en dicha remoción del sitio en que legalmente deban mantenerse, desplegarse o guardarse cualesquiera materiales electorales; intentare o permitiere el uso de formularios electorales o papeletas falsas o no oficiales en la elección o proceso; o
(f) a sabiendas intentare o lograre violar el ejercicio del voto secreto de un elector; o mutilare o desfigurare en forma ilegal una papeleta con el propósito de identificarla, de invalidarla o de sustituirla; o divulgare el contenido de la papeleta ya marcada por él, o por otro elector, a alguna persona antes de depositarla en la urna o destruyere cualquier equipo utilizado en una elección;
(g) obligue o requiera mediante amenaza, intimidación, fuerza, violencia, treta o engaño, a utilizar cualquier aparato con capacidad de grabar imágenes con la intención de violentar el derecho al voto secreto de cualquier elector.