Ningún integrante de la Junta de Colegio podrá salir del colegio de votación bajo ninguna circunstancia una vez iniciados los trabajos de escrutinio. Los funcionarios electorales deberán permanecer en el colegio de votación hasta finalizar todos los trabajos y haber anunciado el resultado del escrutinio fijando una copia de éste en la puerta del colegio de votación en cuestión.
La Comisión mediante reglamento al efecto dispondrá la forma en que el escrutinio de votos deberá realizarse.
Además, la Comisión por reglamento establecerá el protocolo contingente para el sistema de votación o escrutinio electrónico que se implante en caso de dificultades.