§ 4178. Junta Administrativa del Voto Ausente

PR Laws tit. 16, § 4178 (2018) (N/A)
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Se crea permanentemente una Junta Administrativa del Voto Ausente con el propósito de administrar el proceso de solicitud, votación y adjudicación de los votos ausentes. Esta Junta estará compuesta por una persona designada por el Presidente y un representante de cada Comisionado Electoral. La Junta preparará un reglamento para cada elección para cumplir con lo establecido en este subtítulo.