§ 4129. Renuncia a concurrir a primarias

PR Laws tit. 16, § 4129 (2018) (N/A)
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Cualquier aspirante puede renunciar a concursar a una primaria hasta el mismo día de la elección mediante notificación escrita y jurada ante un funcionario autorizado la cual será presentada ante el Secretario de la Comisión.