La Comisión y los partidos políticos abrirán el proceso de presentación de candidaturas el 1 de diciembre del año antes en que se celebrarán las elecciones generales hasta el 30 de diciembre del mismo año. Las fechas límites que aplicarán a los procesos y actividades relacionadas con dichas primarias serán establecidas mediante reglamento por la Comisión. La hora límite en todos los casos serán las 12:00 del mediodía; cuando alguna de estas fechas cayere en un día no laborable, la misma se correrá al siguiente día laborable. Los candidatos independientes radicarán sus candidaturas exclusivamente mediante este mismo proceso y en el mismo periodo.
La Comisión informará y notificará en por lo menos dos periódicos de circulación general las fechas de apertura y cierre del periodo de radicación de candidaturas.
En o antes de la fecha de apertura del proceso de presentación de candidaturas, los partidos políticos notificarán a la Comisión el número de candidatos por acumulación y de senadores por distrito que cada partido nominará para las elecciones generales.
Los aspirantes a candidaturas deberán presentar informes de ingresos y gastos en la Oficina del Contralor Electoral en las fechas que se dispongan por el Contralor y los informes requeridos se regirán por lo dispuesto en la Ley para la Fiscalización del Financiamiento de Campañas Políticas en Puerto Rico.