§ 4099. Insignias de partidos políticos y emblemas de candidatos independientes

PR Laws tit. 16, § 4099 (2018) (N/A)
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(1) Usar como nombre, insignia o emblema en la papeleta electoral uno que sea igual al que esté usando cualquier persona natural o jurídica, colectividad, secta, religión, iglesia o agrupación con o sin fines de lucro, debidamente inscrita.

(2) Usar la bandera o el escudo de armas del Gobierno de los Estados Unidos de América o de Puerto Rico o insignia, emblema o distintivo de cualquier agencia de gobierno.