(a) No sea un elector debidamente inscrito como tal a la fecha de suscribir la misma; o
(b) hubiera firmado durante el período comprendido entre dos elecciones generales una petición para inscribir otro partido de la misma categoría local o estatal, o
(c) no cumpliera con las formalidades requeridas en este subtítulo o en los reglamentos adoptados en virtud del mismo, incluyendo la veracidad y autenticidad de los datos que se consignen en la petición de inscripción de un partido político.