§ 4074. Acceso de los electores a su registro electoral y de los Comisionados a copia del Registro General de Electores

PR Laws tit. 16, § 4074 (2018) (N/A)
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La Comisión deberá crear y mantener sistemas de información electoral electrónicos o telefónicos que permitan a los electores acceder directamente a través de los mismos para verificar el status de su registro electoral. Estos sistemas deberán ser accesibles a electores con impedimentos. Los(las) Comisionados(as) Electorales podrán solicitar copia del Registro General de Electores y la Comisión podrá hacer entrega del mismo en papel o en formato electrónico.