La Comisión establecerá mediante reglamento un sistema para que cualquier elector inscrito pueda solicitar la reactivación de su registro debido a que el mismo se encuentra inactivo por éste haber dejado de votar en una elección general. Asimismo, la Comisión establecerá un sistema para que se puedan transferir las inscripciones de un precinto a otro por razón de haber cambiado el domicilio del elector. De igual manera, se reglamentará el procedimiento para reubicar aquellos electores que por razón de haber cambiado su domicilio soliciten la reubicación de su inscripción de una unidad electoral a otra dentro del mismo precinto.
La Comisión también establecerá un sistema para los electores que soliciten la renovación de su respectiva tarjeta de identificación electoral si la misma, en el caso que la misma hubiere vencido de conformidad a las disposiciones de este subtítulo, se encuentre deteriorada o se hubiere extraviado. Acompañarán la solicitud con una declaración jurada acreditativa de las circunstancias relativas al extravío.
La Comisión, previo el establecimiento de los controles administrativos, técnicos y de programación necesarios, podrá adoptar procedimientos para que los electores inscritos puedan realizar estas transacciones vía correo o vía mecanismos electrónicos tales como el teléfono e internet. A estos fines, la Comisión establecerá acuerdos de colaboración con agencias que ofrecen otros servicios a los electores, tales como: la Autoridad de Energía Eléctrica, la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados, el Departamento de la Familia, el Departamento de Hacienda, CRIM entre otros; para tramitar a la Comisión un formulario oficial que establezca la Comisión notificando de un cambio en la dirección residencial o postal del elector. La Comisión Local de cada Precinto, aprobará cada una de esas transacciones, conforme dispone la sec. 4080 de este título, antes de que sean procesadas por la Junta de Inscripción Permanente correspondiente a tono con el reglamento que adopte la Comisión Estatal de Elecciones.