§ 4035. Designación de jueces y juezas en casos electorales

PR Laws tit. 16, § 4035 (2018) (N/A)
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Todas las acciones y procedimientos judiciales, civiles o penales, que dispone y reglamenta este subtítulo serán tramitados por los jueces y juezas del Tribunal de Primera Instancia que sean designados por el Tribunal Supremo de Puerto Rico, de conformidad con las reglas de administración que adopte a esos fines. El Tribunal Supremo, hará esta designación con tres (3) meses de antelación a la fecha de las elecciones de que se trate, debiendo dar una notificación escrita de dicha designación con especificación del distrito judicial a que correspondan, a la Comisión Estatal de Elecciones.