(a) Tomando en consideración la relación de fondos descrita en el inciso (1) de la sec. 975d de este título, cuya suma total es de cinco millones de dólares ($5,000,000), se asigna la cantidad total de dos y medio millones de dólares ($2,500,000) a la Comisión Estatal de Elecciones con cargo al Fondo General de Puerto Rico para sufragar los gastos del Plebiscito del 11 de junio de 2017. Los restantes dos millones y medio de dólares ($2,500,000) provendrán de los fondos federales asignados para este propósito en laLey Pública 113-76, “Consolidated Appropriations Act, 2014”.
(b) El Secretario de Hacienda y el Director Ejecutivo de la Oficina de Gerencia y Presupuesto, tendrá la obligación de identificar el origen de los fondos estatales aquí asignados y completar su transferencia a la Comisión Estatal de Elecciones no más tarde de los setenta y cinco (75) previos a la fecha en que deberá realizarse el Plebiscito. No obstante, podrán adelantar, antes de ese término, cualquier cantidad menor de fondos que sea necesaria para instrumentar las disposiciones de este capítulo y así garantizar la certeza de todos los procesos.
(c) El Gobierno de Puerto Rico, podrá adelantar a la Comisión Estatal de Elecciones -de cualquier fondo estatal disponible- las asignaciones de los mencionados fondos federales, mientras se tramita la transferencia de los mismos.