§ 955. Registro y publicación de información de los campamentos licenciados

PR Laws tit. 15, § 955 (2018) (N/A)
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(a) Nombre del campamento;

(b) nombre completo de la persona natural o jurídica que lo opera;

(c) lugar de ubicación;

(d) instalaciones físicas y servicios que ofrece a su matrícula o residentes;

(e) número máximo de matrícula o residentes que puede admitir;

(f) canon de servicio;

(g) estatus de la licencia del auspiciador; y

(h) cualesquiera otros datos que el(la) Secretario(a) estime necesarios y convenientes para orientar al público que ha de hacer uso de estos servicios.