El Secretario brindará el apoyo administrativo y fiscal necesario para la operación del Programa. Además, el Secretario supervisará la operación del Programa, determinará su organización interna; y estará facultado para aprobar los reglamentos que contendrán los criterios y normas que regirán las funciones del mismo, quedando vigentes aquellos existentes que tengan una función cónsona con esta reorganización.