§ 886. Fomento de instalaciones recreativas

PR Laws tit. 15, § 886 (2018) (N/A)
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El Departamento queda autorizado y facultado para alentar y persuadir al capital privado a establecer y mantener en operación cualquier proyecto o actividad que fomente el uso de las instalaciones recreativas del Programa para el público en general. A tales efectos, el Programa proveerá las instalaciones y servicios que, a su juicio, justifique cada actividad que se lleve a cabo.