§ 851. Informe anual

PR Laws tit. 15, § 851 (2018) (N/A)
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El Secretario rendirá un informe anual al Gobernador y a la Asamblea Legislativa sobre el Programa de Designación del Sistema de Parques Nacionales. Dicho informe se rendirá no más tarde del 30 de junio de cada año y deberá incluir, además de las gestiones realizadas, una explicación detallada de los ingresos y desembolsos durante el año y una explicación del plan de adquisición y manejo propuesto para el año entrante.