§ 817. Alteración indebida de máquinas de juego

PR Laws tit. 15, § 817 (2018) (N/A)
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Toda persona que en cualquier forma altere el funcionamiento de los aparatos, máquinas o artefactos relacionados con los juegos de Lotería Adicional o que en cualquier forma interfiera con la adquisición de, transportación a, introducción, posesión, uso o funcionamiento de los aparatos, máquinas o artefactos relacionados con los juegos de Lotería Adicional incurrirá en delito grave de tercer grado y en adición se le impondrá una multa de diez mil dólares ($10,000).