§ 43. Junta del Parque Colón—Autorización para administrar fondos

PR Laws tit. 15, § 43 (2018) (N/A)
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La Junta del Parque Colón queda autorizada para recibir donativos para la conservación y mejoramiento de dicho Parque Colón y administrar dichos fondos, así como cualesquiera otros fondos que pueda poner a su disposición el Gobierno federal, Estadual o de algún municipio.