Nada de lo dispuesto en las secs. 551a a 551k de este título se interpretará de manera que coarte, limite o prohíba las cubiertas noticiosas del Maratón San Blas. Toda reglamentación aquí dispuesta se refiere y se circunscribe a la comercialización del Maratón San Blas mediante el anuncio o promoción de productos o servicios conflictivos con la de los comerciantes que hacen posible la celebración del Maratón San Blas mediante su auspicio pagado.