§ 3982. Adjudicación de ganancias y pérdidas

PR Laws tit. 14, § 3982 (2018) (N/A)
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Las ganancias y pérdidas de una CRL serán adjudicadas entre los miembros y entre las clases o grupos de miembros, en la manera dispuesta en el CCRL. Si el CCRL no dispone para estos asuntos, las pérdidas y ganancias serán adjudicadas a base del valor acordado (según dispuesto en los récords de la CRL), de las aportaciones hechas por cada miembro en la medida que hayan sido recibidas por la CRL y que no hayan sido devueltas.