§ 3971. Remedios por incumplimiento por miembro del CCRL

PR Laws tit. 14, § 3971 (2018) (N/A)
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(1) Un miembro que falle en actuar conforme a, o en cumplir con los términos y condiciones de un CCRL, estará sujeto a penalidades o consecuencias especificas, y

(2) al momento de la ocurrencia de los eventos especificados en un CCRL, un miembro estará sujeto a penalidades o consecuencias específicas. Dichas penalidades o consecuencias específicas podrán incluir y tomar forma de penalidades y consecuencias dispuestas en la sec. 3981(c) de este título.