Con el propósito de vindicar los intereses de las corporaciones sin fines de lucro frente a las actuaciones indebidas de sus directores o administradores, además de la legitimación activa que confiere la sec. 3713 de este título al Secretario de Justicia, tendrán también legitimación activa para acudir a los tribunales en acciones derivativas, conforme a la sec. 3786 de este título, los miembros de dichas corporaciones.