§ 566. Productos depositados para envejecimiento—Control del depósito; identificación de productos
PR Laws tit. 13, § 566 (2018) (N/A)
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Solamente se considerarán como depositados para fines de envejecimiento aquellos productos respecto a cuyo depósito tenga el Secretario de Hacienda control en todo tiempo y puedan ser identificados por éste en cualquier momento.