§ 502. Embargo y venta de bienes del deudor

PR Laws tit. 13, § 502 (2018) (N/A)
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(a) Se trate de la única propiedad inmueble y vivienda permanente del contribuyente, y

(b) el contribuyente no cuente con bienes o ingresos suficientes para el pago total de la deuda contributiva ni le sea posible acogerse a un plan de pago.