§ 386. Adelantos

PR Laws tit. 13, § 386 (2018) (N/A)
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Se autoriza al Presidente del Banco Gubernamental de Fomento a efectuar adelantos como anticipo a los fondos recaudados mediante la contribución extraordinaria dispuesta por este capítulo, con el propósito de cubrir nómina y otros gastos operacionales.