§ 33209. Cumplimiento de citaciones y requerimientos

PR Laws tit. 13, § 33209 (2018) (N/A)
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Las citaciones y los requerimientos expedidos por el Secretario o por cualquier funcionario o empleado del Departamento de Hacienda bajo las disposiciones de este Código para comparecer, testificar o producir libros, papeles o constancias se harán cumplir de acuerdo con las disposiciones de las secs. 3171 a 3173 del Título 32.