(1) Ha sido convicto de delito grave en Puerto Rico, en los Estados Unidos o en cualquier país extranjero;
(2) ha sido convicto de delito menos grave por infracción a las leyes de rentas internas de Puerto Rico;
(3) ha declarado falsamente u ocultado información requerida para la obtención de dicha licencia;
(4) ha violado la sec. 32564 de este título, o
(5) por cualquier otra causa justa y razonable.