En el caso de los impuestos fijados en la sec. 31693 de este título, sobre los impresos oficiales para el sellado de apuestas en las agencias hípicas, la persona responsable de su pago o contribuyente lo será la persona que use dichos impresos. El pago será por cada transacción de jugada dentro del impreso. Este impuesto se pagará al momento en que el agente hípico selle el impreso correspondiente.