§ 31722. Exención de licencias a fabricantes

PR Laws tit. 13, § 31722 (2018) (N/A)
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Los fabricantes de artículos sujetos a los impuestos fijados por esta parte estarán exentos del pago de los derechos de licencia requeridos en este capítulo siempre y cuando desarrollen sus actividades de manufactura completamente aislados de cualquier local o predio del fabricante en el que se lleve a cabo cualquier negocio, ocupación o actividad sujeta al pago de los derechos de licencia establecidos en esta parte. La exención establecida en esta sección no aplicará a los fabricantes de cemento hidráulico, quienes deberán obtener la licencia requerida en la sec. 31711 de este título.