§ 63. Pagarés en anticipación de contribuciones e ingresos—Autorización

PR Laws tit. 13, § 63 (2018) (N/A)
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El Secretario de Hacienda queda por las secs. 63 a 63h de este título facultado a emitir de tiempo en tiempo pagarés en anticipación de contribuciones e ingresos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, incluyendo pagarés emitidos para renovar otros pagarés emitidos bajo las disposiciones de las secs. 63 a 63h de este título, para pagar las asignaciones presupuestarias hechas para el año fiscal corriente en anticipación del recibo de contribuciones e ingresos a recaudarse en efectivo durante tal año fiscal según los estimados del presupuesto del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y para pagar los gastos relacionados con la venta y emisión de tales pagarés.