(a) Sea una instalación de recuperación de energía aprobada por la Junta y obtenga una certificación escrita de la Autoridad, a los fines de salvaguardar la diversificación de los mercados desarrollados.
(b) Cumpla con las leyes y los estándares federales y estatales para aire limpio y demás leyes ambientales, así como los reglamentos promulgados por la Junta y la Agencia Federal para la Protección Ambiental (EPA, por sus siglas en inglés).