El Secretario del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales designará un Coordinador, que será responsable del funcionamiento del Programa y ejercerá las funciones dispuestas en este capítulo.
El Coordinador deberá ser una persona de reconocida integridad moral y de comprobada experiencia y conocimiento en la materia cubierta por este capítulo. El Secretario proveerá al Coordinador el apoyo administrativo necesario para el funcionamiento efectivo del Programa y para la adecuada administración de este capítulo.