§ 1245. Funciones del Coordinador

PR Laws tit. 12, § 1245 (2018) (N/A)
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(a) Preparará e implantará, en coordinación con el Secretario, las normas y reglas que regirán el Programa, incluyendo su plan de trabajo.

(b) Gestionará asignaciones y donativos para la adquisición de las áreas de valor natural que serán incluidas en el Programa.

(c) Coordinará con las unidades del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales la adquisición de los terrenos a ser incluidos en el Programa. Identificará las hectáreas que serán adoptadas bajo el Programa y proveerá los certificados de reconocimiento y otros incentivos.

(d) Supervisará el desarrollo y crecimiento del Programa.

(e) Establecerá los criterios e identificará la localización, características y el potencial de los recursos y su susceptibilidad a sufrir daño o agotamiento y notificarlo a la Junta de Planificación.