§ 1233. Fondos—Uso restringido

PR Laws tit. 12, § 1233 (2018) (N/A)
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La organización deberá utilizar los fondos producto del pareo exclusivamente para adquirir, restaurar o manejar alguna o algunas de las áreas de valor natural incluidas por el Secretario de Recursos Naturales y Ambientales en el Programa y de acuerdo a las condiciones establecidas por éste.