§ 1202. Política pública

PR Laws tit. 12, § 1202 (2018) (N/A)
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Por la presente se declara que es política pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico la más eficaz preservación y conservación de los recursos naturales de Puerto Rico, patrimonio y riqueza de nuestro pueblo. En reconocimiento de los continuos aumentos de las presiones sociales y económicas que redundan en detrimento de estos recursos y en un afán de preservar los mismos para el disfrute de generaciones futuras, nuestro Gobierno ve la necesidad de crear un cuerpo civil de orden público bajo la dirección del Secretario del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales. Este organismo se dedicará mediante todos los medios adecuados accesibles a las funciones de protección, supervisión, conservación, defensa y salvaguarda de los recursos naturales. Asimismo, estará facultado para ofrecer cualquier tipo de orientación, guía y ayuda a los ciudadanos según se desprende de las distintas leyes que administra el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales.