§ 901. Recogida y uso de aguas pluviales

PR Laws tit. 12, § 901 (2018) (N/A)
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Los dueños de predios contiguos a vías públicas podrán recoger las aguas pluviales que por ellas discurran y aprovecharlas en el riego de sus predios, con sujeción a lo que dispongan las ordenanzas de conservación y policía de las mismas vías.