§ 743. Puentes sobre acueducto

PR Laws tit. 12, § 743 (2018) (N/A)
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El dueño del predio sirviente podrá construir sobre el acueducto puentes para pasar de una a otra parte del predio; pero lo hará con la solidez necesaria y de manera que no se amengüen las dimensiones del acueducto ni se embarace el curso del agua.