§ 25n. Auxilio de jurisdicción

PR Laws tit. 12, § 25n (2018) (N/A)
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De una parte incumplir con una orden o resolución del Secretario, éste podrá recurrir en auxilio a la Sala con competencia del Tribunal de Primera Instancia para que se expida una orden judicial y de esa forma exigir el cumplimiento de la anterior bajo apercibimiento de que se incurrirá en desacato si no cumple con dicha orden.