Todo establecimiento comercial, incluyendo negocios ambulantes, que venda y/o alquile juegos de vídeo y/o de computadoras, utilizados con máquinas o equipos electrónicos no operados con monedas y/o fichas, los cuales son conectados al televisor o a una pantalla de proyección, así como utilizados a través de la computadora, deberá colocar y mantener permanentemente un anuncio en español e inglés con clasificación y la definición de cada categoría del sistema de clasificación de los juegos de vídeo y/o de computadora que vendan y/o alquilen, utilizando un lenguaje claro y entendible por una persona común. Dicho anuncio deberá ubicarse en un lugar visible para todas las personas que visitan el establecimiento o negocio ambulante, incluyendo niños.
Además de lo dispuesto en el párrafo anterior, todo anuncio o promoción de cualquier juego de vídeo y/o de computadoras, a través de cualquier medio de comunicación masiva local, entiéndase periódicos, revistas, afiches, cartelones, entre otros, deberá incluir, como parte del mismo, la clasificación de dicho juego de vídeo y/o de computadora, conforme al Sistema de Clasificación de Juegos de Vídeo y/o de Computadoras.