§ 1556. Revocación de la comisión

PR Laws tit. 10, § 1556 (2018) (N/A)
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El comitente podrá revocar la comisión conferida al comisionista, en cualquier estado del negocio, poniéndolo en su noticia, pero quedando siempre obligado a las resultas de las gestiones practicadas antes de haberle hecho saber la revocación.