§ 1550. Responsabilidad por omisión o demora en el cobro de créditos exigibles

PR Laws tit. 10, § 1550 (2018) (N/A)
Copy with citation
Copy as parenthetical citation

Será responsable de los perjuicios que ocasionen su omisión o demora, el comisionista que no verificare la cobranza de los créditos de su comitente en las épocas en que fueren exigibles, a no ser que acredite que usó oportunamente de los medios legales para conseguir el pago.