§ 1341. Contrato; cuándo será mercantil

PR Laws tit. 10, § 1341 (2018) (N/A)
Copy with citation
Copy as parenthetical citation

El contrato de compañía, por el cual dos o más personas se obligan a poner en fondo común bienes, industria o alguna de estas cosas, para obtener lucro, será mercantil, cualquiera que fuese su clase, siempre que se haya constituido con arreglo a las disposiciones de este Código.

Una vez constituida la compañía mercantil, tendrá personalidad jurídica en todos sus actos y contratos.