§ 1111. Definición

PR Laws tit. 10, § 1111 (2018) (N/A)
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Los establecimientos públicos en que de ordinario se reúnen los comerciantes y los agentes intermedios para concertar o cumplir las operaciones mercantiles expresadas en las secs. 1111 a 1116 de este título, se denominarán bolsas de comercio.