§ 160. Unidades de medida de gas y electricidad—Servicio de inspección; reglamentación

PR Laws tit. 10, § 160 (2018) (N/A)
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La Comisión de Servicio Público queda por la presente autorizada para organizar, bajo la jurisdicción del Negociado de Pesas y Medidas, el servicio de inspección que las secs. 155 a 163 de este título disponen. Prescribirá y promulgará todas aquellas reglas y reglamentos que, a su juicio, sean necesarias para la ejecución de las secs. 155 a 163 de este título. Y para asegurar la exactitud de todos los contadores e instrumentos utilizados para medir, la Comisión de Servicio Público establecerá especificaciones razonables a las que habrán de ajustarse dichos instrumentos.