§ 156. Unidades de medida de gas y electricidad—Unidad de medida para gas

PR Laws tit. 10, § 156 (2018) (N/A)
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El tipo o unidad de medida para la venta de gas para alumbrado o calefacción, cuando se emplea “contador,” será el pie cúbico, que es igual a sesenta y dos libras y trescientos veintiún milésimas de libra (62.321 lbs.) peso avoirdupois, de agua destilada o de lluvia pesada en el aire, a la temperatura de sesenta y dos grados (62°) Fahrenheit, siendo la presión del barómetro veintinueve y media pulgadas (29½″).