§ 981h. Agente residente

PR Laws tit. 10, § 981h (2018) (N/A)
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Todo concesionario mantendrá designado ante el Secretario por escrito un residente a través del cual se le notificará de emplazamientos, notificaciones, órdenes y resoluciones de tribunales y agencias del gobierno en procedimientos judiciales y administrativos.